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Empresas
Organismos Técnicos de Capacitación

 

 

CUADRO Nº 5
SISTEMA DE CAPACITACION EN LA EMPRESA VIA FRANQUICIA TRIBUTARIA
Inversión Pública en Capacitación (En millones de pesos al 31/12/2000)
Período: Años 1996 a 2000

 

Región

1996

1997

1998

1999

2000

I

Tarapacá

834,99

1.664,54

935,16

683,04

935,20

II

Antofagasta

1.968,04

2.277,43

1.829,84

1.777,68

2.511,59

III

Atacama

742,27

850,03

654,31

537,18

749,80

IV

Coquimbo

829,86

673,22

669,33

728,61

821,79

V

Valparaíso

2.540,44

2.782,55

2.306,54

2.801,98

3.389,54

VI

L'. B'. O'Higgins

750,57

1.059,20

865,26

1.022,04

1.590,47

VII

Maule

573,99

759,62

1.030,43

1.359,46

3.110,08

VIII

BioBio

2.865,30

3.168,92

2.676,62

2.935,71

4.059,29

IX

Araucanía

469,74

429,33

661,22

830,21

1.280,99

X

Los Lagos

1.193,78

1.168,99

1.127,43

1.247,41

1.827,50

XI

Aysén

144,48

158,58

132,60

132,48

174,45

XII

Magallanes

385,10

405,83

383,77

390,77

411,58

XIII

Metropolitana

22.526,50

20.538,24

18.671,26

18.089,58

21.721,76

Gastos Indirectos (1)

n/d

n/d

1.313,12

716,19

905,81

Gastos Administración OTIC (2)

2.597,11

3.393,05

4.133,26

4.935,71

5.752,75

Excedentes OTIC (3)

2.707,38

2.475,14

2.680,52

5.859,63

6.410,61

Total

41.129,55

41.804,65

40.070,67

44.047,67

55.653,21

Fuente: SENCE. Liquidaciones de capacitación visadas. (Cifras al 01/06/2001).

(1) Los Gastos Indirectos corresponden a los montos que las empresas imputan a franquicia tributaria por capacitación, por conceptos de: Viáticos y Traslados de los participantes al lugar de ejecución del curso ; Detección de necesidades de capacitación y Gastos de Administración del Departamento o Unidad de Capacitación de la empresa. Estos gastos, por la forma como se originan, no es posible distribuirlos regionalmente. n/d = no disponible.
Para el año 2000, los gastos indirectos fueron: en viáticos y traslados = $ 569.326.090; en gastos de administración = $ 319.087.999 y en detección de necesidades = $ 17.394.165, lo que da un total de = $ 905.808.254.

(2) El Estatuto de Capacitación (Ley Nº 19.518 de 1997) autoriza a los OTIC a destinar a Gastos de Administración hasta un 20 % del total de aportes recibidos de las empresas. Valores que no se pueden distribuir regionalmente.

(3) Cuando los OTIC no logran contratar capacitación dentro del año tributario en que recibieron los aportes, se originan estos excedentes, los cuales deben destinarse, al año siguiente, a programas de capacitación y/o de becas.Estos recursos no son distribuibles por Regiones.

 

Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Servicio Nacional de Capacitación y Empleo